Nuevo Reglamento en la Unión Europea (UE) 2020/878 de la Comisión, del día 18 de junio de 2020, en el cual se modifica el anexo II del Reglamento (CE) 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, evaluación, autorización y restricción de productos químicos (REACH), y su modificación, el Reglamento (UE) 2015/830.

Dicho reglamento es aplicable a partir del  1 de enero de 2021 y entrará en vigor el 01 de enero de 2023.

La modificaciones más relevantes son:

  • Definición de ciertos requisitos acerca de las propiedades fisicoquímicas.
  • Si están disponibles, se debe facilitar los límites de concentración específicos, los factores multiplicadores y las estimaciones de toxicidad aguda establecidos de conformidad con el Reglamento CE Nº 1272/2008.
  • Nuevos cambios en la estructura de algunas de las secciones.
  • Requisitos específicos para las nanoformas de sustancias.
  • Cuando esté disponible, información sobre los efectos adversos para la salud causados por sustancias identificadas como alteradores endocrinos.
  • Información más completa de las diferentes secciones de la Ficha de Datos de Seguridad.

Datos importantes a tener en cuenta:

Las empresas podrán seguir usando su formato de Fichas de Seguridad hasta finales del 2022 pero a partir del 1 de enero del año 2023 todas las fichas deben de estar con el nuevo formato.